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Tipos comunes de casos de reclamos menores con reglas especiales

Si estuvo involucrado en un accidente automovilístico, puede demandar al conductor y al propietario del vehículo que lo impactó. Muchas veces son la misma persona, pero algunas veces son diferentes personas, por lo que asegúrese de nombrar a todos como demandados. Tenga en cuenta que no puede demandar a su compañía de seguros.

Puede demandar por:
  • daño patrimonial a su vehículo; y
  • lesión personal a usted y a cualquier otra persona en el vehículo.
Si el conductor responsable del accidente es de otro estado, fuera de California:
  • Presente su caso como cualquier otro

    Asegúrese de solicitar una audiencia que sea mínimo en 70 días. Bajo el nombre y dirección del demandado escriba:

    Entrega legal: Departamento de Vehículos Automotores
    División de Asuntos Legales
    Oficina Legal, Tercer Piso
    2415 First Avenue
    Sacramento, California 95818

  • El secretario le entregará copias del reclamo
    • Envíe 1 copia al Departamento de Vehículos Automotores (DMV por sus siglas en inglés) por correo registrado con un cheque por $2. También puede contratar a un profesional de entrega legal para que realice la entrega legal al DMV. Envíe la copia a:

      Departamento de Vehículos Automotores
      División de Asuntos Legales
      Oficina Legal, Tercer Piso
      2415 First Avenue
      Sacramento, California 95818

    • Entregue la otra copia al conductor que no es del estado después de obtener un formulario de "acuse de recibo" de parte del DMV. Llame al departamento del sheriff de donde viva el conductor o contrate a un profesional de entrega legal en ese estado para notificar al conductor.
  • Luego presente el acuse de recibo del DMV y la Prueba de Entrega (SC-104) ante la corte de reclamos menores.

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California tiene una Oficina de Reparaciones Automovilísticas (BAR por sus siglas en inglés), para evitar que los talleres de reparaciones abusen de usted. Si está insatisfecho con las reparaciones hechas a su vehículo, puede presentar una demanda ante el BAR.

Si está insatisfecho con el trabajo de reparación del vehículo:
  • Hable directamente con el gerente de servicios. Tenga en cuenta estas recomendaciones:
    • Conozca sus derechos, según lo define la Oficina de Reparaciones Automovilísticas.
    • Sea amable y mantenga la calma.
    • Explique el problema y dígale al gerente de servicios lo que usted considera es un acuerdo justo.
    • Dígale al gerente de servicios si está dispuesto a negociar. En muchos conflictos, nadie está cien por ciento en lo correcto.
    • Si no lo puede resolver, dígale al gerente de servicios que va a presentar una demanda ante el BAR.
  • Presentar una demanda ante el BAR
    • Presentar una demanda ante el BAR. Asegúrese de guardar todos sus recibos. Es posible que el BAR los solicite.
    • Después de presentar su demanda, recibirá una tarjeta postal informándole su número de caso y el nombre de su representante del BAR.
    • Un supervisor revisará la demanda para determinar si el taller ha violado la Ley de Reparaciones Automovilísticas o alguna otra ley.
    • Su representante del BAR asignado revisará la demanda y lo contactará.
    • Su representante del BAR tratará de solucionar las cosas por usted con el taller de reparaciones.
    • Recibirá llamadas telefónicas y cartas de parte del BAR con información sobre su caso.
    • Si no puede solucionar las cosas y el taller violó alguna ley, el BAR obtendrá la prueba. Luego le pueden notificar al taller un "Aviso de Violación".
    • Se le informará cuando se cierre su caso.
    • La presentación de su reclamo por parte del BAR puede ser muy útil en cualquier Caso de Reclamos Menores que presente en contra del taller de reparaciones de autos. El BAR generalmente pondrá a su disposición dicha presentación si se lo solicita mediante un formulario de Citación de Reclamos Menores.
  • Recuerde: El BAR no lo puede representar en la corte ni cobrar dinero por usted.

    Oficinas locales y regionales del BAR: Existen 40 oficinas locales y regionales del BAR en el estado de California

    as puede contactar localmente al:
    (408) 277-1860 (oficina en San José) o
    (800) 952-5210

    Sus oficinas centrales se localizan en:
    Departamento de Asuntos del Consumidor de California
    Oficina de Reparaciones Automovilísticas
    10240 Systems Parkway
    Sacramento, CA 95827

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Puede demandar por sueldos no pagados si no le pagaron algún trabajo que realizó. Es posible que también tenga derecho a daños estatutarios bajo la sección 203 del Código del Trabajo de California. Si no está seguro, hable con su consejero legal de reclamos menores para obtener ayuda.

Si reúne los requisitos para usar los servicios de la División de Estándares Laborales de California, presente un reclamo ante ellos antes de presentarlo ante la corte de reclamos menores. En su sitio web encontrará mucha información útil en varios idiomas sobre las leyes laborales, cómo presentar un reclamo y otra ayuda en caso de que no reúna los requisitos para usar sus servicios.

Puede llamar al número de información pública al:

  • (415) 703-5444 (oficina de la división de San Francisco)
  • (408) 277-3711 (oficina de la división de San José)

También puede llamar a la Línea Directa de Salarios Mínimos al: 1-888-ASK-WAGE (275-9243)

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Puede demandar a una agencia gubernamental local o estatal en la corte de reclamos menores. Si tiene un reclamo contra una ciudad o condado, el estado de California o cualquier otra entidad pública de California, tal como una Escuela de Distrito, SamTrans, etc., debe seguir los requisitos del Código de Gobierno de California.

¡No puede demandar a una agencia gubernamental federal en la corte de reclamos menores!

Para demandar a una agencia gubernamental estatal, necesita probar que:
  • Presentó un reclamo ante esa agencia, Y
  • La agencia rechazó su reclamo.
    • Si no recibe respuesta, el reclamo se considerará rechazado después de 45 días.

En la mayoría de los casos, solamente tiene 6 meses para presentar su reclamo ante la corte de reclamos menores una vez que la agencia gubernamental rechace su reclamo. Presente una copia de su carta de rechazo junto con su reclamo ante la corte de reclamos menores.

Para presentar su reclamo ante la agencia gubernamenta

Obtenga un formulario oficial de reclamo en la agencia. Tal vez pueda obtener el formulario en el sitio web de la agencia.

  • Para un reclamo que surja de un conflicto con un departamento del gobierno del Condado de San Mateo, puede obtener el formulario de reclamo aquí o en:

    ecretario del Consejo de Supervisores
    400 County Center
    Redwood City, CA 94603

  • Para un reclamo en contra de un gobierno de ciudad, contacte al Secretario de la Ciudad de esa ciudad.
  • Para un reclamo en contra del estado de California, consulte la página web del Programa de Reclamos Gubernamentales o contacte a:

    Consejo de Control Estatal (State Board of Control), Suite 300
    926 "J" Street
    Sacramento, CA 95814

  • Otras agencias públicas proporcionan sus formularios para reclamos en su contra.
Plazo límite para presentar su reclamo ante la agencia
  • Si se dañó su propiedad o usted sufrió alguna lesión, tiene 6 meses para presentar su reclamo.
  • Si su reclamo es sobre un contrato, tiene 1 año para presentar el reclamo a partir del incumplimiento del contrato.

Si se le pasó su plazo límite, puede solicitar permiso para presentar un reclamo extemporáneo. Hable con un abogado o el asesor de reclamos menores para obtener ayuda con esto.

La agencia le informará si su reclamo es aprobado o rechazado. Si no recibe respuesta, se considera como rechazado después de 45 días.

Si su reclamo es rechazado, puede presentar el reclamo en la corte de reclamos menores

Si la agencia rechaza su reclamo o si no ha recibido respuesta después de 45 días, puede demandar en la corte de reclamos menores. Tiene 6 meses para presentar el reclamo ante la corte de reclamos menores a partir de la fecha en la que el aviso se entregó personalmente o se depositó en el correo. Si no le dan una carta de rechazo, usted tiene 2 años para presentar el reclamo a partir del día en el que ocurrió el incidente. Pero no considere que tiene 2 años para presentar su reclamo..

Una vez que presente el reclamo, el procedimiento es el mismo que contra cualquier otro demandado en un caso de reclamos menores. Nombre a la agencia pública como demandado A/A el Secretario del Ayuntamiento, Consejo de Supervisores del Condado u otro órgano de gobierno.

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El desacuerdo más común entre propietarios e inquilinos es sobre el reembolso del depósito de seguridad del inquilino después de que el inquilino desocupa la unidad de alquiler. Un depósito de seguridad es cualquier suma de dinero que un propietario deduce al inquilino en caso de que la propiedad haya sido dañada.

Existen límites sobre la cantidad del depósito de seguridad:
  • Si el depósito de seguridad es para una propiedad residencial sin amueblar, el depósito de seguridad puede equivaler a 2 veces la renta.
  • Si la residencia está amueblada, el propietario puede cobrar hasta 3 veces la renta.
  • No existe ninguna restricción sobre la cantidad de depósito de seguridad para la renta de una propiedad comercial.
Todos los depósitos de seguridad deben ser reembolsables. California law allows the landlord to use a tenant's security deposit for 4 purposes:
  • Renta no pagada;
  • Cargos por mora;
  • Limpieza de la unidad de alquiler cuando el inquilino la desocupe, pero solamente para dejarla tan limpia como cuando el inquilino la ocupó al principio; y
  • Reparaciones de daños, aparte del desgaste normal causado por el inquilino o los invitados del inquilino.
La responsabilidad del inquilino: Notificar al propietario antes de desocupar la unidad.
  • Si paga renta una vez al mes, tiene que notificar por escrito al propietario con 30 días de anticipación. Si no lo hace, el propietario puede cobrarle la renta adeudada. A menos que un nuevo inquilino pague la renta, usted tendrá que pagar esos 30 días.
  • Si paga renta cada semana, tiene que notificar con 7 días de anticipación.
La responsabilidad del propietario: Inspeccionar la unidad de alquiler y permitir que el inquilino repare cualquier daño.
  • Dentro de un plazo razonable posterior a que se notifique o reciba el aviso de terminación, el propietario debe informar al inquilino, por escrito, sobre el derecho a estar presente en un recorrido (una "inspección inicial") con el propietario. El inquilino además debe solicitar que la "inspección inicial" se realice dentro de 2 semanas a partir de la fecha en la que el inquilino vaya a desocupar la unidad. El propósito de la inspección es permitir que el inquilino tenga una oportunidad de reparar los daños señalados por el propietario. Si el inquilino NO solicita una "inspección inicial", el propietario es liberado de esta responsabilidad.
Después de que un inquilino se mude, un propietario tiene 21 días para:
  • Devolver el depósito del inquilino en su totalidad; o
  • Enviar por correo o entregar personalmente al inquilino:
    • Una carta por escrito explicando por qué está conservando todo o parte del depósito;
    • Una lista con las cantidades de cada deducción;
    • Cualquier restante de la devolución del depósito; y
    • Copias de los recibos de los gastos/deducciones, a menos que las reparaciones cuesten menos de $126 o que el inquilino haya renunciado a su derecho a recibir los recibos. Si las reparaciones no son terminadas dentro del plazo de 21 días por una buena razón, el propietario puede enviar al inquilino un presupuesto de buena fe del costo de las reparaciones. Después, dentro de 14 días posteriores a que se realicen las reparaciones, el propietario debe enviar al inquilino los recibos.

Es común que los propietarios e inquilinos estén en desacuerdo sobre lo que es el desgaste normal o la limpieza necesaria. El propietario debe ser capaz de probar la necesidad y sentido de las cantidades reclamadas, y estar preparado con los recibos, presupuestos, testigos, fotografías, etc., para respaldar las deducciones.

Si un propietario no devuelve la cantidad completa del depósito de seguridad del inquilino dentro de los 21 días exigidos por la ley y el inquilino está en desacuerdo con las deducciones del depósito:

  • El inquilino puede escribir una carta al propietario y explicar por qué tiene derecho a un reembolso mayor. El inquilino debe conservar una copia de la carta para sus archivos.
  • Si el inquilino y el propietario no pueden llegar a un acuerdo sobre la cantidad del depósito de seguridad devuelto, el inquilino puede presentar un caso de reclamos menores contra el propietario por la devolución del depósito de seguridad. El inquilino puede demandar por:
    • La cantidad del depósito, MÁS
    • Dos veces la cantidad del depósito de seguridad en daños. El juez puede otorgarle estos daños adicionales si el propietario conservó el depósito de mala fe y no debido a un conflicto honesto. ( Sección 1950.5(l) del Código Civil)

Si la unidad de alquiler se vende durante un inquilinato, , tanto el propietario anterior como el nuevo pueden ser responsables de la devolución del depósito cuando el inquilino desocupe la unidad, a menos que al momento de la venta, el propietario anterior devuelva el depósito al inquilino o lo transfiera al nuevo propietario y notifique al inquilino sobre las cantidades transferidas o deducidas y el nombre, dirección y número telefónico del nuevo propietario.

En una vivienda compartida de alquiler mes a mes, si el inquilino que desocupa la unidad pagó su depósito a un compañero de cuarto, por lo general ese compañero de cuarto será responsable de su devolución. Si el depósito fue pagado directamente al propietario a nombre del compañero de cuarto que desocupa la unidad, ese inquilino debe recuperar el depósito del propietario. Los casos de compañeros de cuarto se pueden volver muy complicados y los propietarios e inquilinos deben tener acuerdos por escrito que definan claramente los derechos y responsabilidades de todas las partes.

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Por lo general, los contratistas de mejoras al hogar deben estar autorizados mediante licencia por el estado de California. Para averiguar si su contratista tiene licencia, llame (o busque en línea) al Consejo Estatal de Licencias para Contratistas (CSLB por sus siglas en inglés):

800-321-2752 o (415) 469-6200

Contratistas con licencia: Puede demandar en la corte de reclamos menores o presentar una demanda ante el CSLB por:
  • Trabajo mal hecho;
  • Trabajo sin terminar o no terminado a tiempo;
  • Subcontratistas, proveedores de materiales o empleados sin pagar;
  • No seguir los requerimientos del código de construcciones, no obtener los permisos necesarios, etc.; o
  • Publicidad falsa, engañosa o equívoca.
Contratistas sin licencia: Puede demandar en la corte de reclamos menores o presentar una demanda ante el CSLB por las mismas situaciones que los contratistas con licencia, además de por no contar con licencia.
  • Es ilegal contratar que se hagan reparaciones o remodelaciones sin licencia por más de $500 incluyendo mano de obra y materiales.
  • Por lo que, si un contratista sin licencia realizó un trabajo que requiere de licencia y causó daños, usted puede presentar un reclamo por los daños causados por el contratista y también pedir 3 veces la cantidad de los daños.
    • Tenga en cuenta que, si el daño causado por el contratista lo obliga a demoler las obras y comenzar de nuevo, usted puede demandar por todo el dinero que pagó al contratista más el costo de demoler las obras deficientes y comenzar de nuevo. También puede reclamar 3 veces la cantidad de los daños siempre y cuando el total sea menor al límite de $10,000 de reclamos menores. (Sec. 1029.8 del Código de Procedimiento Civil)
    • Si la cantidad total por la que puede demandar es de más de $10,000, usted debe decidir si renuncia al resto del dinero y solo demanda por $10,000 o presenta su caso en la Civil Division, ya sea como un caso civil limitado (por $25,000 o menos) o un caso civil ilimitado (por más de $25,000).
  • Si lo demanda un contratista sin licencia, usted puede usar el hecho de que el contratista no tiene licencia como una defensa plena, siempre y cuando el contratista haya realizado obras que requerían de una licencia.
  • Un contratista sin licencia puede demandar el pago de las obras en un contrato de mejoras al hogar para el que no se requiera licencia (como la instalación de productos terminados que no se convierten en parte fija de la estructura).
Si gana y su contratista con licencia no puede pagar:

Un contratista tiene que pagar una fianza de $15,000 para obtener su licencia. Por lo que, si el contratista viola la ley de licencias, usted puede demandar a la compañía que tenga la fianza nombrando a la compañía afianzadora como demandado. Esto puede ser de ayuda en los casos en los que el contratista es insolvente (no tiene dinero ni bienes) o ha cerrado su negocio. Contacte al Consejo Estatal de Licencias para Contratistas en línea o llamando al (800) 321-2752 o (415) 469-6200 para conseguir el nombre de la compañía de fianzas.

Puede encontrar información útil para los consumidores sobre este tema en el Consejo Estatal de Licencias para Contratistas.

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Para demandar por un cheque sin fondos:

  • Mande una carta de requerimiento por cheque sin fondos a la persona que le emitió el cheque y envíesela por correo certificado. En su carta, solicite que le paguen la cantidad del cheque sin fondos en efectivo o mediante orden de pago, dentro de los siguientes 30 días. En su requerimiento, usted también puede incluir la comisión cobrada por su institución financiera por tramitar el cheque sin fondos (hasta $25 por el primer cheque sin fondos y $35 por cada cheque sin fondos posterior) y el costo del correo certificado de la carta de requerimiento.
  • Espere 30 días. Si no le pagan en su totalidad dentro de los 30 días posteriores a la fecha en que envió por correo la carta de requerimiento, entonces presente un reclamo en la corte de reclamos menores. Puede demandar por la cantidad del cheque, más daños estatutarios de 3 veces la cantidad del cheque, hasta una cantidad adicional de $1,500. (Sección 1719 del Código Civil de California)
    • Puede presentar su reclamo aún si la otra parte no ha firmado de recibida la carta, siempre y cuando tenga prueba del envío por correo certificado.
    • Recuerde, si el total es de más de $10,000, puede renunciar a lo que exceda de $10,000 o demandar en la División Civil por la cantidad total.
  • Para su audiencia en la corte, lleve:
    • Una copia de la carta de requerimiento que envió;
    • Prueba de la oficina postal de que envió la carta por correo certificado y que esta fue entregada (o rechazada);
    • Todos los demás documentos relacionados al caso, estados de cuenta bancarios, apuntes de sus conversaciones y copias de cualquier carta a o de la persona que le emitió el cheque sin fondos.

    No tiene que probar que el emisor del cheque emitió "a sabiendas" el cheque sin fondos. Solo tiene que probar que el emisor del cheque no cumplió con el monto del cheque después de haber sido notificado.

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Para demandar cuando alguien cancela el pago de un cheque para usted:
  • Mande una carta de requerimiento por correo certificado a la persona que le emitió el cheque. En su carta, solicite que le paguen la cantidad del cheque en efectivo o mediante orden de pago, dentro de los siguientes 30 días. En su requerimiento, usted también puede incluir la comisión cobrada por su institución financiera por tramitar el cheque sin fondos (hasta $25 por el primer cheque sin fondos y $35 por cada cheque sin fondos posterior) y el costo del correo certificado de la carta de requerimiento.
  • Espere 30 días. Si no le pagan en su totalidad dentro de los 30 días posteriores a la fecha en que envió por correo la carta de requerimiento, entonces presente un reclamo en la corte de reclamos menores. Puede demandar por la cantidad del cheque, más daños estatutarios de 3 veces la cantidad del cheque, hasta por una cantidad adicional de $1,500. (Sección 1719 del Código Civil de California)
    • Puede presentar su reclamo aún si la otra parte no ha firmado de recibida la carta, siempre y cuando tenga prueba del envío por correo certificado.
    • Recuerde, si el total es de más de $10,000, puede renunciar a lo que exceda de $10,000 o demandar en la División Civil correspondiente por la cantidad total.
  • Para su audiencia en la corte:
    • Debe probar que la persona que canceló el pago del cheque NO canceló el pago del cheque para resolver un conflicto de buena fe con usted. Algunos ejemplos de un conflicto de buena fe serían el reclamo del emisor del cheque de que los bienes no fueron entregados, eran defectuosos o que existía un cobro en exceso.
    • Lleve una copia de la carta de requerimiento que envió.
    • Lleve prueba de la oficina postal de que envió la carta por correo certificado y que esta fue entregada (o rechazada).
    • Lleve todos los demás documentos relacionados al caso, estados de cuenta bancarios, apuntes de sus conversaciones y copias de cualquier carta a o de la persona que le emitió el cheque sin fondos.

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