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Manutención De Los Hijos

Manutención De Los Hijos

Cuando los padres se separan, cada uno de ellos es igualmente responsable de satisfacer las necesidades financieras de sus hijos. Si los padres no se pueden poner de acuerdo sobre la manutención de los hijos, el juez puede involucrarse y emitir una orden para la manutención de los hijos. Generalmente la manutención de los hijos es necesaria hasta que los hijos cumplen 18 años (o 19 años si todavía están en la preparatoria tiempo completo).

Para obtener una orden de manutención de los hijos:

  • Cualquiera de los padres puede solicitar al juez que emita una orden de manutención de los hijos. O
  • Cualquiera de los padres puede acudir al Departamento de Servicios de Manutención de los Hijos local para obtener ayuda para abrir un caso de manutención de los hijos, para pagar o cobrar los pagos de manutención de los hijos o para hacer cumplir una orden de manutención de los hijos que ya estaba emitida en otro caso de derecho familiar.

También puede llegar a un acuerdo con el otro padre. Para obtener ayuda para llegar a un acuerdo sobre la manutención de los hijos, usted puede hablar con el Asistente de Derecho Familiar.

Para obtener mayor información sobre la manutención de los hijos, vea elcapítulo Finanzas Después de la Separación acerca de la manutención

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Families Change - Guide to separation & divorce

Para obtener mayor información haga clic en el tema a continuación:

Si usted y el otro padre de su hijo no pueden ponerse de acuerdo sobre la manutención de los hijos, uno de ustedes tendrá que presentar documentos ante la corte para solicitarla. La manutención de los hijos también puede ser ordenada como parte de algún caso presentado por el Departamento de Servicios de Manutención de los Hijos (DCSS). Haga clic en Ayuda del DCSS de San Mateo,

Para solicitar una fecha de comparecencia, debe tener (o debe comenzar) alguno de este tipo de casos con el otro padre de sus hijos:
  • Divorcio o separación legal (visite nuestra página para obtener información sobre divorcio y separación legal)
  • Filiación (Paternidad)
  • Orden de restricción por violencia doméstica
  • Petición de custodia y manutención de hijos menores
  • Caso de manutención de los hijos ante el Departamento de Servicios de Manutención de los Hijos

Si no tiene uno de estos casos y necesita comenzar uno, o si no está seguro, hable con el Asistente de Derecho Familiar. Si necesita contestar a los documentos de manutención de los hijos presentados por el otro padre, hágalo de inmediato. El Asistente de Derecho Familiar le puede ayudar.

Si tiene alguno de este tipo de casos en San Mateo y quiere obtener su primera orden de manutención de los hijos O quiere cambiar una orden existente, siga los siguientes pasos:

  • Llene una Solicitud de Orden (FL-300). Puede usar la Hoja Informativa para Solicitud de Orden (FL-300-INFO) para la información.
    • También llene una Declaración de Ingresos y Gastos (Formulario FL-150) O una Declaración Financiera (Simplificada) (Formulario FL-155).
      • Lea ¿Cuál Formulario Financiero, FL-155 o FL-150?  (Formulario DV-570) para averiguar si puede usar el Formulario FL-155 que es más sencillo.

      Self-Prep and File

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        Self-Prep & File

        Haga clic aquí para usar un programa de computadora que le puede ayudar a llenar todos estos formularios tras contestar a preguntas simples.
  • Haga por lo menos 2 copias de todos sus formularios.
  • Presente sus formularios ante el secretario de la corte.
    • Si no puede pagar la cuota de presentación, solicite una exención de cuotas usando los formularios FW-001FW-003.
  • Obtenga su fecha de comparecencia.
  • Entregue sus documentos al otro padre.
    • Haga que alguien de 18 años o más, no usted, entregue al otro padre una copia de sus documentos. También debe incluir una Declaración de Respuesta a la Solicitud de Orden (Formulario FL-320) en blanco y una Declaración de Ingresos y Gastos (Formulario FL-150) en blanco. Revise el frente del Formulario FL-300 para ver si el juez le ordenó que entregara otros documentos.
    • Si sus documentos se entregan personalmente, deben entregarse por lo menos con 16 días hábiles de anticipación a su fecha de comparecencia.
    • Si sus documentos se entregan por correo, deben entregarse por lo menos con 16 días hábiles más 5 días naturales de anticipación a su fecha de comparecencia.
    • La entrega en persona siempre está permitida. Pero lea la Hoja Informativa para Solicitud de Orden (FL-300-INFO) para ver si puede entregar sus documentos por correo.
    • Si el Departamento de Servicios de Manutención de los Hijos (DCSS) es parte de su caso, también tendrá que entregar documentos al DCSS.
  • Presente su Prueba de Entrega.
    • Haga que la persona que entregó los documentos llene un formulario de Prueba de Entrega: Puede usar el Formulario FL-330 si los documentos se entregaron personalmente o el  FL-335 si se entregaron por correo.
    • Haga una copia de la Prueba de Entrega y presente el original y la copia ante la Oficina del Secretario.
    • Conserve una copia para sus archivos.
  • Asista a su audiencia en la corte.
    • El juez usará las Declaraciones de Ingresos y Gastos para determinar la pauta de manutención de los hijos. Haga clic aquí para informarse sobre cómo se determina el monto de la manutención de los hijos en California
      • El Asistente de Derecho Familiar puede determinar el cálculo de la manutención de los hijos para usted, para que pueda saber qué esperar y pueda estar preparado antes de ir a la corte.
    • Generalmente el juez tiene que ordenar la pauta de manutención de los hijos. Si el padre que tiene que pagar la manutención no la puede costear, puede solicitar una deducción por dificultad extrema. Las deducciones por dificultad extrema son muy limitadas y solo puede obtener una en situaciones muy limitadas.
    • Asegúrese de obtener una orden judicial que diga cuánto se debe pagar de manutención de los hijos, cuándo se supone que comienzan los pagos y si se deben pagos atrasados de manutención de los hijos (llamados "atrasos"). Si se deben pagos atrasados de manutención de los hijos, averigüe cuánto debe pagarse del saldo cada mes, además de la manutención de los hijos mensual normal.
  • Pago y cobro de la manutención de los hijos.
    • La persona a la que se le ordenó pagar la manutención de los hijos debe comenzar a pagar de conformidad con la orden judicial.
    • Si el juez ordenó que los pagos se descontaran del cheque de nómina de la persona, se debe emitir una asignación de sueldo que luego se enviará al empleador de esa persona. El padre al que se le ordenó pagar es responsable de realizar los pagos hasta que los sueldos comiencen a embargarse (retenerse y luego pagarse directamente por el empleador), lo que podría tomar algunas semanas.
      • El Asistente de Derecho Familiar le puede ayudar a preparar una orden de asignación de sueldo, llamada Orden/Aviso para Retener los Ingresos para la Manutención de los Hijos (FL-195) y explicar el proceso.
    • Si necesita ayuda para cobrar los pagos de la manutención de los hijos, puede pedir ayuda al Departamento de Servicios de Manutención de los Hijos de San Mateo. Haga clic aquí para informarse sobre cómo obtener ayuda del DCSS.

    Obtenga más información sobre cobrar una orden de manutención de los hijos visitando el sitio web de las Cortes de California.

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El Departamento de Servicios de Manutención de los Hijos del Condado de San Mateo cuenta con servicios gratuitos para todos los residentes del condado para ayudarlos a:

  • Abrir un caso de manutención de los hijos, incluyendo el establecimiento de la filiación o paternidad para sus hijos.
  • Obtener una orden de manutención de los hijos y ayudarlo a cobrar los pagos.
  • Hacer cumplir una orden de manutención de los hijos (incluyendo la manutención del cónyuge si eso es parte de su caso) emitida en otro caso de derecho familiar.

Para obtener mayor información sobre sus servicios, visite el sitio web del Departamento de Servicios de Manutención de los Hijos del Condado de San Mateo.

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California tiene una fórmula a nivel estatal (llamada "pauta") para determinar cuánto se debe pagar de manutención de los hijos.

Si los padres no pueden ponerse de acuerdo sobre la cantidad, el juez decidirá la cantidad de la manutención de los hijos en base a la pauta de cálculo.

La pauta de cálculo toma en cuenta principalmente:

  • cuánto dinero ganan o pueden ganar los padres;
  • cuánto recibe cada uno de los padres de otros ingresos (como ingresos de rentas, de desempleo o discapacidad);
  • cuántos hijos tienen los padres juntos;
  • cuánto tiempo pasa cada uno de los padres con sus hijos;
  • el estatus de declaraciones de impuestos de cada uno de los padres;
  • la manutención de hijos de otras relaciones (sin contar hijastros);
  • el costo de seguro médico;
  • las cuotas sindicales obligatorias; y
  • las aportaciones para el retiro obligatorias (no voluntarias).

La orden de manutención de los hijos también puede ordenar que los padres compartan los costos de:

  • cuidado de menores para permitir que cada padre trabaje u obtenga capacitación o educación de habilidades laborales;
  • gastos razonables de cuidados médicos de los hijos;
  • viajes para las visitas de un padre al otro;
  • necesidades educativas de los hijos; y
  • otras necesidades especiales de los hijos.

El juez puede ordenar algo diferente a la cantidad de la pauta en casos muy limitados. El Asistente de Derecho Familiar le puede ayudar a entender qué tipo de casos pueden ser excepciones.

Para calcular qué cantidad de manutención de los hijos puede ordenar el juez en su caso, vaya a la Calculadora de Pauta de Manutención de los Hijos (en inglés). Para entender cómo llenar la información en la calculadora de manutención de los hijos, descargue la  Guía del Usuario (en inglés).

  • Tenga en cuenta que usar la calculadora por su cuenta puede ser confuso. Si no introduce los números en los lugares correctos, puede obtener los resultados incorrectos. Por lo que consiga ayuda del Asistente de Derecho Familiar si desea asegurarse de que sus cálculos son correctos.

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