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Tutelas limitadas

¿Qué es una tutela limitada?

La tutela limitada es un caso judicial en el que un juez le da a una persona responsable (llamada el "tutor limitado") ciertos derechos para que cuide a otro adulto (llamado el "pupilo limitado") que tiene una discapacidad del desarrollo.

Haga clic en un tema para obtener mayor información:

Las tutelas limitadas son para adultos con discapacidades del desarrollo que no pueden ocuparse de todas sus necesidades personales o financieras.

Este tipo de tutela de adultos puede ser conveniente cuando:
  • La discapacidad del desarrollo afecta la capacidad del pupilo de hacerse cargo de sí mismo o de sus propiedades pero no es tan severa como para requerir una tutela general; y
  • La discapacidad del desarrollo es debido a un deterioro mental o físico que comenzó antes de los 18 años de edad y que se espera continúe indefinidame
Este tipo de tutela de adultos puede ser conveniente cuando:
  • La tutela limitada de la persona - cuando un tutor cuida y protege a un adulto con discapacidad del desarrollo y se ocupa de las necesidades del pupilo relacionadas a la vida diaria, mientras apoya su capacidad de tener, en la medida posible, una vida independiente, productiva y normal.
  • La tutela limitada del patrimonio - cuando un tutor administra los asuntos financieros del pupilo, como pagar cuentas y cobrar los ingresos del pupilo en caso que el pupilo tenga un patrimonio.
Puede ser que usted NO necesite la tutela limitada del patrimonio si:
  • La persona con discapacidad del desarrollo obtiene ayuda pública, como Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI por sus siglas en inglés) o Seguro Social (SSA por sus siglas en inglés) pero no tiene otros bienes.

Pero usted necesita la tutela del patrimonio si la persona con discapacidad del desarrollo tiene otros bienes que no puede administrar por sí solo, tales como una herencia o un acuerdo de alguna demanda judicial que no se encuentre en un fideicomiso para necesidades especiales.

Si un menor con alguna discapacidad del desarrollo va a cumplir pronto 18 años, a menudo es buena idea comenzar el proceso de solicitar una tutela limitada unos cuantos meses antes de que cumpla los 18 años. Pero la tutela limitada se puede establecer en cualquier momento posterior a que la persona con la discapacidad del desarrollo haya llegado a la edad de 18 años.

Inicio

Cuando alguien es nombrado como tutor limitado de una persona que tiene alguna discapacidad del desarrollo, el juez puede determinar los tipos de responsabilidades que tendrá el tutor en el cuidado de la persona y su patrimonio.

Las personas con discapacidades del desarrollo generalmente pueden hacer muchas cosas por sí mismos. Por esa razón, el juez le dará al tutor limitado solo facultades para hacer cosas que el pupilo no pueda hacer sin ayuda. Las Cartas de Tutela y la orden de la corte que nombre al tutor limitado enlistarán las áreas exactas (facultades) en las que el tutor limitado está facultado para actuar. El pupilo limitado conserva todos los demás derechos legales y civiles.

El tutor puede solicitar al juez facultades para:
  • Decidir dónde vivirá el pupilo limitado (no puede ser en instalaciones restringidas).
  • Examinar los expedientes y papeles confidenciales del pupilo limitado.
  • Firmar algún contrato para el pupilo limitado.
  • Otorgar o negar el consentimiento para la mayoría de tratamientos médicos para el pupilo limitado (pero NO de esterilización y otros procedimientos particulares).
  • Tomar decisiones sobre la educación y capacitación vocacional del pupilo limitado.
  • Otorgar o negar el consentimiento para el matrimonio o concubinato del pupilo limitado.
  • Controlar los contactos sociales y sexuales, y relaciones del pupilo limitado.
  • Administrar los asuntos financieros del pupilo limitado.
Obligación de ayudar a desarrollar la independencia del pupilo limitado

En general, la responsabilidad del tutor limitado es ayudar al pupilo limitado a desarrollar autosuficiencia e independencia.

El tutor limitado debe organizar el tratamiento, servicios y oportunidades para ayudar a que el pupilo limitado se vuelva tan independiente como sea posible. Esto puede ser:

  • capacitación o educación;
  • servicios médicos y psicológicos;
  • oportunidades sociales;
  • oportunidades vocacionales; y
  • otra ayuda pertinente.

Para obtener mayor información sobre las tutelas limitadas, lea el Manual para Tutores.

Inicio

Cómo convertirse en tutor limitado

Para solicitar la tutela limitada, primero tiene que presentar ciertos papeles en la corte. Luego debe seguir algunos pasos y asistir a una audiencia en la corte. En la audiencia, el juez decidirá si lo nombra tutor limitado o no.

Siga estos pasos para solicitar la tutela de la persona:

Llene:
  • Petición de Nombramiento de Tutor Testamentario (GC-310) (marque el recuadro de "tutela limitada")
  • Aviso de Audiencia (GC-020)
  • Información Confidencial Suplementaria (GC-312)
  • Formulario Confidencial de Investigación del Tutor (GC-314)
  • Citación para Tutela de Adultos (GC-320)
  • Obligaciones del Tutor (GC-348)
  • Información del Pupilo y Lista de Familiares *Confidencial* (GC-348)
  • Información del Pupilo y Lista de Familiares, *Confidencial* (Formulario Local PR-1)
  • Declaración de Capacida (GC-335 (solicite a un doctor o psicólogo con licencia que llene este formulario)
  • Si desea solicitar al juez una exención de cuotas, llene también el formulario Solicitud de Exención de Cuotas de Presentación en la Corte (FW-001-GC) y los Puntos 1, 3, 5, y el nombre del caso de la Orden sobre Exención de Cuotas en la Corte (FW-003-GC). La exención de cuotas se basa en los ingresos del pupilo propuesto, no en los suyos.

En emergencias reales, usted puede solicitar una tutela limitada temporal si no puede esperar las 5-6 semanas de la fecha de comparecencia de la tutela limitada normal. Para hacer esto, usted debe llenar más formularios. Haga clic a continuación para "cómo solicitar la tutela temporal"

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    Self-Prep & File

    Haga clic aquí para usar un programa de computadora que le puede ayudar a llenar todos los formularios para la tutela limitada tras contestar a preguntas simples.

El original y dos copias son para la corte. Una copia es para usted. Tendrá que hacer más copias después de presentar sus formularios, para las personas a las que se debe notificar (ver el Paso 4).

Lleve el original y las copias a la Oficina del Secretario. El secretario le regresará sus copias con el sello de "Presentado". Usted tendrá que pagar una cuota de presentación o entregar sus formularios de exención de cuotas.

  • El secretario fijará una fecha de audiencia en la corte en su Aviso de Audiencia (GC-020). Esa es su fecha de comparecencia. No falte.

Usted debe "notificar" al pupilo propuesto, a los familiares del pupilo propuesto y al Centro Regional Golden Gate. Esto significa que alguien de 18 años o más, NO usted, debe "notificar legalmente" (entregar) copias de sus formularios de la corte, ya sea personalmente o por correo, a ciertas personas o agencias para que se enteren que usted está solicitando ser el tutor limitado. Usted debe hacer esto incluso si piensa que a ellos no les importa o si están en desacuerdo con usted.

Estas son las reglas generales para notificar:
  • Con por lo menos 15 días de anterioridad a la fecha de comparecencia, entregar la Petición de Nombramiento de Tutor Testamentario (GC-310) y el Aviso de Audiencia (GC-020).
  • Notificar personalmente al pupilo propuesto.
  • Notificar por correo a los familiares del pupilo propuesto:
    • cónyuge o concubino;
    • ambos padres;
    • hijos adultos;
    • hermanos y hermanas;
    • abuelos; y
    • nietos adultos.
  • Notificar por correo al Centro Regional Golden Gate.
    • Centro Regional Golden Gate (Golden Gate Regional Center)
      San Mateo County
      3130 La Selva Street, Suite 202
      San Mateo, CA 94403

Si no sabe dónde se encuentra alguien, tendrá que buscarlos y luego solicitarle al juez seguir adelante con su caso sin darles aviso a dichas personas. Haga clic aquí para obtener consejos de cómo encontrar a alguien (sitio web de las Cortes de California).

Para los familiares que no pueda encontrar:

  • Tome nota de todo lo que hizo para tratar de encontrarlos, con detalles sobre las personas con quienes habló, en qué lugares los buscó, las búsquedas en línea, las fechas y los resultados.
  • Luego, presente una Solicitud para Prescindir del Aviso que incluya todos los detalles de sus esfuerzos por encontrar al familiar faltante. No es un formulario de la corte que ya exista, pero puede usar este modelo.
  • Presente su Solicitud para Prescindir del Aviso junto con una Orden para Prescindir del Aviso en blanco (Form GC-021).
  • Si el juez autoriza su solicitud, el juez firmará la Orden para Prescindir del Aviso y usted podrá continuar con su caso sin dar aviso al familiar o a los familiares faltante(s).

  • Para la entrega en persona, el profesional de entrega legal llena y firma el Comprobante de Entrega en Persona del Aviso de Audiencia (GC-020(P)) y después se lo da a usted.
  • Para la entrega por correo, el profesional de entrega legal llena y firma el Comprobante de Entrega por Correo en la página 2 del Aviso de Audiencia (GC-020) y después se lo da a usted.
  • Presente sus comprobantes de entrega ante el secretario de la corte antes de su fecha de comparecencia.

Antes de la audiencia en la corte, el investigador de la corte se reunirá con el pupilo limitado propuesto y:
  • Le explicará cómo le afectará la tutela limitada.
  • Le explicará qué pasará en la audiencia en la corte.
  • Le explicará su derecho a pelear la tutela limitada, tener un abogado, solicitar un tutor diferente y tener un juicio con jurado.
  • Averiguará si el pupilo propuesto quiere y puede ir a la audiencia.
  • Si el investigador cree que el pupilo propuesto no puede entender o dar una opinión, el investigador puede decidir que el juez debería nombrar a un abogado para que represente al pupilo propuesto.
El investigador también
  • Se reunirá con usted en su carácter de tutor limitado propuesto.
  • Revisará su Información Confidencial Suplementaria (GC-312) y obtendrá más información, en caso de ser necesario.
  • Revisará, en caso de ser necesario, los registros médicos confidenciales del pupilo propuesto.
  • Hablará con los familiares y otras personas que puedan conocer la situación, para entender por qué la tutela limitada es necesaria (o no).
After the investigation, the court investigator will write a confidential report for the judge that summarizes all the information and has:
  • Recommendations about your case, and
  • Any concerns the court investigator may have about the conservatorship.

Note: the Regional Center also prepares a report and evaluation for the court, in addition to the court investigator's report.

Antes de ver al juez en su audiencia en la corte, usted tendrá que ver un video de 20 minutos llamado Con corazón: Entendiendo la tutela de adultos, y leer el Manual para Tutores.

El propósito de este requisito es asegurarse de que entienda cuáles serán sus obligaciones y responsabilidades como tutor si el juez lo nombra tutor. Es muy importante que realice este paso. No podrá ser nombrado si no lo hace.

Llegue puntual a su audiencia. La fecha, hora y sala de su audiencia se encontrarán en su Aviso de Audiencia (GC-020).

Lleve a su audiencia:
  • La Orden de Nombramiento de Tutor Testamentario (GC-340);
  • Las Cartas de Tutela (GC-350); y
  • Todos sus demás documentos de la corte.

Comentario: Si está solicitando ser nombrado como tutor limitado del patrimonio, el juez puede requerir que otorgue una caución para cubrir el valor del patrimonio. Si tiene preguntas sobre la caución, hable con un abogado.

En la audiencia, el juez dará una decisión sobre su solicitud de ser nombrado tutor limitado.

If the judge agrees that you can be the conservator:
  • El juez firmará su Orden de Nombramiento de Tutor Testamentario (GC-340), y usted deberá llevar la orden firmada junto con sus Cartas de Tutela a la Oficina del Secretario.

Lleve su Orden de Nombramiento de Tutor Testamentario (GC-340), y sus Cartas de Tutela (GC-350) a la Oficina del Secretario para certificarlas y presentarlas. Su nombramiento como tutor limitado no entra en vigor hasta que sus Cartas de Tutela son emitidas y presentadas.

Comentario: Obtenga del secretario de la corte por lo menos 1 COPIA CERTIFICADA de las Cartas de Tutela para cada persona o entidad que tendrá contacto regular con el pupilo.

Después del primer año, a menos que el juez lo ordene de otra manera, el investigador de la corte revisará el caso para asegurarse que usted está cumpliendo con sus obligaciones como tutor limitado y que el pupilo limitado está bien. Después del primer año, el investigador lo visitará cada 2 años o tan a menudo como sea necesario.

Si el investigador piensa que existe algún problema, le enviará un informe al juez y le solicitará que nombre a un abogado para el pupilo limitado. Si el juez determina que usted ya no puede ser el tutor, usted será destituido.

Cómo solicitar la tutela limitada temporal

A veces hay emergencias que no pueden esperar a que se nombre un tutor limitado. Cuando suceda esto, puede solicitar una tutela limitada temporal. Usted debe demostrar un "motivo justificado", lo que significa que usted debe tener una muy buena razón para pedir la tutela limitada temporal. Solo porque usted piense que se trata de una emergencia, no significa que la ley la considere una emergencia.

Asimismo, tenga en cuenta que el Centro Regional puede tomar decisiones de emergencia para la persona con discapacidades del desarrollo si no hay una tutela limitada en vigor.

Tutelas limitadas temporales:

  • Generalmente se ordenan por un plazo fijo, generalmente de 30 a 60 días, hasta que haya tiempo para llevar a cabo la audiencia sobre la solicitud de la tutela limitada.
  • Pueden ser de la persona, del patrimonio, o de ambos.
  • Son principalmente para garantizar la atención, protección y apoyo temporales del pupilo. Y, si son para el patrimonio, estas son para proteger las finanzas y propiedades del pupilo contra cualquier pérdida o daño hasta que un tutor general se pueda hacer cargo de la administración del patrimonio.

Tenga en cuenta que si solicita una tutela limitada temporal, usted todavía tiene que solicitar la tutela limitada normal al mismo tiempo.

Para solicitar la tutela limitada temporal de emergencia:

  • Todos los formularios de la tutela general enlistados aquí MÁS
  • La Petición de Nombramiento de Tutor Temporal (GC-111);
  • El Aviso de Audiencia (GC-020) para la petición de tutela limitada temporal;
  • Las Cartas de Tutela Temporal (GC-150) (solo los recuadros superiores, con su nombre, domicilio, nombre del caso y número del caso);
  • La Solicitud Ex Parte de Excepción por Motivo Justificado para el Aviso de Audiencia sobre la Petición de Nombramiento de Tutor Temporal (GC-112);
  • La Declaración Sobre el Aviso de la Solicitud Ex Parte (Formulario Local PR-9);
  • La Orden sobre la Solicitud Ex Parte (GC-115); y
  • La Orden de Nombramiento de Tutor Temporal (GC-141).

Asegúrese de que en sus papeles le haga saber claramente al juez si alguien (como algún cónyuge, padre, hijo adulto, hermano, abuelo o nieto adulto del pupilo propuesto) se opone a su petición de que lo nombren tutor limitado.

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    Haga clic aquí para usar un programa de computadora que le puede ayudar a llenar todos estos formularios tras contestar a preguntas simples.

Haga por lo menos 3 copias de todos sus formularios.

Presente todos sus formularios en la Oficina del Secretario Y entregue su solicitud de tutela limitada temporal a la Oficina del Secretario de la Corte Testamentaria.
  • Presente todos los formularios de la tutela limitada general en la Oficina del Secretario y lleve sus formularios de solicitud de tutela temporal a la Oficina del Secretario de la Corte Testamentaria para que el investigador de la corte testamentaria revise su solicitud. Se le recomienda hacer una cita para que el investigador de la corte revise sus papeles antes de que los entregue al secretario. Para concertar la cita, llame a la Oficina del Investigador de la Corte al 650-261-5068.

Después de que el investigador testamentario revise su solicitud, presente sus formularios en la Oficina del Secretario.

En la mayoría de los casos de emergencia, la corte de San Mateo revisará su solicitud como una solicitud ex parte. Esto significa que no habrá audiencia en la corte, a menos que el juez piense que se necesita una, y se pueden dictar las órdenes de tutela limitada temporal después de la revisión. Siga cuidadosamente las Reglas de la Corte de California, Reglas 3.1200-3.1207 y la Regla Local 4.76 de la Corte Superior de San Mateo.

Si el juez revisa su caso como una solicitud ex parte, usted tendrá que dar aviso de que está solicitando la tutela limitada temporal antes de las 10 a. m. del día hábil anterior a que su solicitud ex parte vaya a ser revisada por el juez. Usted tendrá que dar aviso, por teléfono, fax, personalmente o de otra manera válida, sobre su solicitud a:

  • el pupilo propuesto;
  • el Centro Regional Golden Gate (Golden Gate Regional Center);
  • cónyuge o concubino del pupilo propuesto;
  • ambos padres;
  • hijos adultos;
  • hermanos y hermanas;
  • abuelos; y
  • nietos adultos.

Por cada persona a quien se le tenga que dar aviso, llene y presente ante el secretario una Declaración Sobre el Aviso de la Solicitud Ex Parte (Formulario Local PR-9), explicando cuándo y cómo les informó sobre la solicitud ex parte.

Si no fue capaz de notificar a alguien sobre la solicitud, porque no sabe dónde se encuentran, porque cree que podría ser peligroso para usted o el pupilo propuesto o por alguna otra razón realmente buena, explíquelo en el Formulario Local PR-9, en el Punto 4. Una vez más, asegúrese de informar a la corte si usted sabe que alguien se opone a la tutela de adultos.

En algunas situaciones, la corte fijará una fecha de audiencia normal para la tutela limitada temporal. En dichos casos, por lo menos 5 días antes de la fecha de comparecencia, usted tiene que hacer que alguien de 18 años o más, NO usted, entregue la Petición de Nombramiento de Tutor Temporal (GC-111) y el Aviso de Audiencia (GC-020):

  • Personalmente al pupilo propuesto.
  • Por correo a los familiares del pupilo propuesto
    • cónyuge o concubino;
    • ambos padres;
    • hijos adultos;
    • hermanos y hermanas;
    • abuelos; y
    • nietos adultos.
  • Por correo al Centro Regional Golden Gate.
    • Centro Regional Golden Gate (Golden Gate Regional Center)San Mateo County
      3130 La Selva Street, Suite 202
      San Mateo, CA 94403

La persona que haga esto por usted debe llenar y firmar el Comprobante de Entrega en Persona del Aviso de Audiencia (GC-020(P)) para el pupilo propuesto notificado personalmente y el Comprobante de Entrega por Correo en la página 2 del Aviso de Audiencia (GC-020) para los familiares notificados por correo. Luego presente estos formularios de prueba de entrega ante la corte.

Generalmente, revisarán su asunto ese día (en lugar de que la corte programe una audiencia sobre la tutela limitada temporal). Sin embargo, si la corte le da una fecha de comparecencia, llegue puntual a su audiencia. La fecha, hora y sala de su audiencia se encontrarán en su Aviso de Audiencia (GC-020).

Lleve a su audiencia:
  • Lleve a su audiencia: (GC-141);
  • Las Cartas de Tutela o Tutela de Adultos Temporales (GC-150); y
  • Todos sus demás documentos de la corte.

Si el juez está de acuerdo con que usted pueda ser el tutor limitado temporal, le darán:
  • La Orden de Nombramiento de Tutor Temporal (GC-141); y
  • Las Cartas de Tutela o Tutela de Adultos Temporales (GC-150) que debe firmar.

La corte también fijará una audiencia sobre la tutela limitada.

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